COMUNICADO- USO DE CONTENEDORES

COMUNICADO: Canelones, Julio de 2022 Sr/a Vecino/a: En el marco del intercambio de la Dirección General de Gestión Ambiental del Gobierno de Canelones con trabajadoras y trabajadores del Servicio de Recolección de Residuos, se acordó profundizar la comunicación con la población sobre los contenidos de la Ordenanza General de Gestión de Residuos y Limpieza Pública de Canelones: I- CAPITULO 2, DE LA LIMPIEZA PÚBLICA, MANEJO Y GESTIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS. - Artículo 11: Los residuos domiciliarios se deberán depositar siempre en bolsas cerradas, en función del sistema de recolección existente en esa zona, garantizando la seguridad sanitaria y aseo público. Los usuarios están obligados a utilizar el elemento de contención de residuos (contenedor u otro) que en cada caso determine la IC. - Artículo 12: En caso de desechar residuos domiciliarios, que por sus características pudiese afectar la integridad física de los operarios (ejemplo vidrios planos rotos), se deberán acondicionar de tal forma que impidan accidentes al ser manipulados. - Artículo 13: para zonas con sistema de recolección con contenedores domiciliarios o públicos, se prohíbe depositar en los mismos, restos vegetales, residuos voluminosos, residuos de obra de construcción y demolición y cenizas o brasas calientes y/o encendidas. - Artículo 15: Si un generador de residuos domiciliarios requiera disponer residuos que por su volumen ameriten una gestión específica (residuos voluminosos), deberá solicitar el servicio especial de la IC (teléfono 1828 int.83), no permitiéndose la disposición de estos con los domésticos, en cualquiera de sus modalidades (contenedores domiciliarios, públicos o recolección manual) II- CAPITULO 3.- DE LA CLASIFICACIÓN y SEPARACIÓN DE RESIDUOS RECICLABLES EN ORIGEN - Artículo 21: El generador de residuos sólidos, deberá, en acuerdo a los planes existentes, realizar una clasificación en origen de la fracción potencialmente reciclable (plásticos, vidrio, metales, papel, cartón), para su posterior recolección diferenciada y tratamiento por parte de los programas de la IC o de terceros, habilitados por la misma. - Artículo 22: La IC facilitará contenedores domiciliarios y/o públicos para el depósito de residuos potencialmente reciclables de origen doméstico (doble contenedor, Ecopuntos), siendo responsabilidad de los usuarios su uso correcto. - Artículo 23: Es responsabilidad del generador, depositar en los contenedores para residuos potencialmente reciclables, únicamente estos tipos de residuos, los cuales deben estar limpios y libres de restos orgánicos. Por Reclamos, Sugerencias o Consultas Ambientales enviar SMS o Whatsapp al 099 389 486.

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